Captia Energy

Los papeles de tus placas, hechos y en tu mano

Legalizar una instalación solar en la Comunitat Valenciana tiene dos fases: el ayuntamiento e Industria. Las hacemos las dos, de principio a fin. También si te instaló otra empresa y se fue sin dejarlo legal.

Las dos fases de la legalización

Primero el trámite municipal, antes de instalar. Después la comunicación a Industria, cuando la instalación está terminada. Sin las dos, la instalación no existe para la administración.

Fase 1

El ayuntamiento

Antes de instalar hace falta una declaración responsable o una licencia de obra, según el municipio. El Decret Llei 14/2020 simplificó el trámite en la Comunitat Valenciana, pero cada ayuntamiento lo aplica a su manera: modelos distintos, tasas distintas, plazos distintos. Nosotros presentamos el que toca en tu pueblo.

Fase 2

Industria (Generalitat Valenciana)

Terminada la instalación, hay que comunicarla a Industria. Hasta 10 kW basta con la comunicación de un instalador habilitado, con memoria técnica y certificado de la instalación. Por encima de 10 kW la cosa cambia: hace falta proyecto firmado y dirección de obra. En una casa normal casi siempre estás en el primer caso.

Un matiz que confunde: 10 kW no es 15 kW

El umbral de los 10 kW marca el trámite de Industria: por debajo, memoria técnica; por encima, proyecto. La exención de los permisos de acceso y conexión a la red es otra cosa: llega hasta los 15 kW en suelo urbanizado. Son dos umbrales distintos para dos trámites distintos, y mezclarlos trae errores en los papeles.

¿Te instalaron las placas y se fueron?

Pasa más de lo que parece: la empresa instaló, cobró y desapareció sin terminar los papeles. Tus placas producen, pero para la administración no existen. Legalizamos instalaciones que montaron otros, aunque la empresa ya no exista.

Qué pierdes mientras la instalación no está legalizada

No te compensan los excedentes

El descuento por la energía que viertes a la red exige que la instalación esté registrada. Sin papeles, esa energía se regala.

Sin bonificación del IBI

Los ayuntamientos que bonifican el IBI piden la instalación legalizada. Sin registro, no hay bonificación.

Sin deducciones en la renta

Las deducciones del IRPF exigen que la instalación conste en los registros oficiales. Sin eso, Hacienda no las admite.

Problemas con el seguro

Si hay un incidente y la instalación no está legalizada, el seguro de hogar puede poner pegas para cubrirlo.

Problemas al vender la casa

Una instalación sin papeles complica la venta: el comprador o su banco pueden pedirlos, y entonces toca resolverlo con prisas.

Posible requerimiento de Industria

Una instalación conectada sin comunicar puede acabar en un requerimiento de la administración. Mejor adelantarse.

La buena noticia: casi siempre tiene arreglo. Revisamos lo que hay, reconstruimos la documentación que falte y presentamos los trámites pendientes. Y si quieres que además alguien vigile que la instalación produce lo que debe, mira cómo vigilamos tu instalación cada día.

Qué te comprometemos, y qué no

Nos comprometemos a presentar tu expediente completo y bien hecho a la primera, y a hacerle seguimiento hasta el final: te contamos en qué punto está en cada hito, sin que tengas que perseguirnos.

Lo que no vas a oír de nosotros es una promesa sobre cuándo resuelve el ayuntamiento, la distribuidora o Industria. Eso no depende de nadie más que de ellos, y quien te lo prometa te está engañando. Lo nuestro es que tu parte esté impecable y que tú sepas siempre dónde están tus papeles.

Una empresa de Captia Technology. Ingenieros titulados y colegiados.

Preguntas frecuentes sobre la legalización

¿Qué papeles necesita una instalación de menos de 10 kW?

En la Comunitat Valenciana, el trámite municipal (declaración responsable o licencia, según el pueblo) y la comunicación a Industria hecha por un instalador habilitado, con la memoria técnica y el certificado de la instalación. No hace falta proyecto.

¿Necesito permiso de la distribuidora para conectarme?

Las instalaciones de hasta 15 kW en suelo urbanizado están exentas de los permisos de acceso y conexión. Ojo: es un umbral distinto del de los 10 kW de Industria. No se deben confundir, y es un error que vemos a menudo.

¿Cuánto tarda la legalización?

La resolución depende de cada ayuntamiento, de la distribuidora y de Industria, y no está en nuestra mano. Lo que sí está en nuestra mano: presentar todo completo a la primera y avisarte en cada paso del estado de tus papeles.

Me instaló una empresa que ya no existe. ¿Podéis legalizarla?

Sí. Revisamos la instalación, preparamos la documentación que falte y presentamos los trámites pendientes. Es un encargo habitual para nosotros.

¿Me pueden descontar los excedentes sin legalizar?

No. La compensación simplificada de excedentes exige la instalación registrada y el contrato con tu comercializadora al día. Hasta entonces, la energía que viertes no te descuenta nada en la factura.

¿La declaración responsable es igual en todos los pueblos?

No. La base es la misma, el Decret Llei 14/2020, pero cada ayuntamiento tiene su modelo, su tasa y su criterio. Por eso tramitamos pueblo a pueblo, con el papel que pide cada uno.

Cada ayuntamiento pide lo suyo. Consulta los pueblos donde tramitamos, uno a uno, o empieza por una instalación nueva con los papeles incluidos.

Cuéntanos cómo está tu instalación

Nueva, a medias o abandonada por otro instalador. La revisamos, te decimos qué falta y nos encargamos de los papeles.

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